RENATRE dispuso el plan de facilidades de pago 2022
Por medio de la Resolución N° 758/22, publicada en el Boletín Oficial, el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) puso en marcha un nuevo plan de facilidades de pago destinado a regulariz
Por WebMaster 1 min de lectura2.852 visualizaciones

El art. 12 del Anexo I de la norma introduce una novedad en este beneficio que anualmente dispone el registro, ya que excluye a productores y/o empresas rurales involucradas en casos de explotación, trata de personas y trabajo infantil. Es decir, no podrán acceder a refinanciar los pasivos aquellos que se encuentren comprendidos en algunos indicadores, presunciones y/o denuncias sobre explotación, trata de personas y/o trabajo infantil.
Tampoco aquellos en cuyos establecimientos se haya detectado trabajo informal. El impedimento alcanza no sólo a las personas humanas sino también a las personas jurídicas en las que, según corresponda, sus socios, administradores, gerentes, directores, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, consejeros o quienes ocupen cargos equivalentes en las mismas, hayan sido procesados, aun cuando no estuviera firme el auto de mérito por los delitos previstos en la legislación respectiva.
Tampoco podrán adherir a esta moratoria aquellos empleadores rurales que poseen un plan de pagos vigente.
El Plan de Facilidades 2022 permitirá cancelar las obligaciones de la seguridad social que se adeuden al próximo 31 de diciembre. Comprende: Deuda por contribución mensual (art. 14 de la Ley N° 25.191), intereses resarcitorios (art. 37 de la Ley N° 11.683); Deuda determinada de oficio por contribución mensual (art. 14 de la Ley N° 25.191) e intereses resarcitorios (art. 37 de la Ley N° 11.683); Deuda determinada por infracción (art. 15 de la Ley N° 25.191) e intereses (Resolución de RENATEA N° 189/2013 y art. 37 de la Ley N° 11.683); Deuda en concepto de juicios por ejecución fiscal iniciados por el RENATEA o RENATRE, todo ello de conformidad a lo establecido en los considerandos y en los anexos.
La delegada provincial del RENATRE, Mónica Arnaiz, subrayó que se establecieron tasa y plazo diferenciados para aquellos empleadores que se encuentren comprendidos en emergencia y/o desastre agropecuario. “El artículo 4° del Anexo I dispone una reducción de intereses y prórroga de plazos para los afectados por esta situación”, dijo la delegada, al tiempo que manifestó que “este registro se solidariza con los productores y trabajadores afectados en la provincia por esta dramática situación”.
La Resolución N° 758/22 fue publicada en el Boletín Oficial el 2 de febrero último y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022. Adjuntamos el Anexo I, donde constan las condiciones para acceder al plan de pago, en un total de 15 artículos.
Tampoco aquellos en cuyos establecimientos se haya detectado trabajo informal. El impedimento alcanza no sólo a las personas humanas sino también a las personas jurídicas en las que, según corresponda, sus socios, administradores, gerentes, directores, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, consejeros o quienes ocupen cargos equivalentes en las mismas, hayan sido procesados, aun cuando no estuviera firme el auto de mérito por los delitos previstos en la legislación respectiva.
Tampoco podrán adherir a esta moratoria aquellos empleadores rurales que poseen un plan de pagos vigente.
El Plan de Facilidades 2022 permitirá cancelar las obligaciones de la seguridad social que se adeuden al próximo 31 de diciembre. Comprende: Deuda por contribución mensual (art. 14 de la Ley N° 25.191), intereses resarcitorios (art. 37 de la Ley N° 11.683); Deuda determinada de oficio por contribución mensual (art. 14 de la Ley N° 25.191) e intereses resarcitorios (art. 37 de la Ley N° 11.683); Deuda determinada por infracción (art. 15 de la Ley N° 25.191) e intereses (Resolución de RENATEA N° 189/2013 y art. 37 de la Ley N° 11.683); Deuda en concepto de juicios por ejecución fiscal iniciados por el RENATEA o RENATRE, todo ello de conformidad a lo establecido en los considerandos y en los anexos.
La delegada provincial del RENATRE, Mónica Arnaiz, subrayó que se establecieron tasa y plazo diferenciados para aquellos empleadores que se encuentren comprendidos en emergencia y/o desastre agropecuario. “El artículo 4° del Anexo I dispone una reducción de intereses y prórroga de plazos para los afectados por esta situación”, dijo la delegada, al tiempo que manifestó que “este registro se solidariza con los productores y trabajadores afectados en la provincia por esta dramática situación”.
La Resolución N° 758/22 fue publicada en el Boletín Oficial el 2 de febrero último y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022. Adjuntamos el Anexo I, donde constan las condiciones para acceder al plan de pago, en un total de 15 artículos.
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